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Qué trámites necesitas si tu boda es civil

Organizar una boda civil ofrece una libertad maravillosa para personalizar cada instante de la ceremonia, desde la elección del entorno hasta los votos más emotivos. Sin embargo, para que el "sí, quiero" tenga validez legal plena ante la ley, es indispensable formalizar la parte burocrática previa. Aunque los trámites civiles son sencillos y ágiles si se planifican con tiempo, conviene conocer con exactitud qué documentación preparar y qué pasos seguir para que vuestro enlace sea 100% oficial.

Tiempo de lectura: 4 minutos
Pareja firmando documentos de boda civil

Apertura del expediente matrimonial

Al igual que en las ceremonias religiosas, el trámite indispensable para contraer matrimonio civil es la apertura del expediente matrimonial en el Registro Civil de vuestra localidad de residencia. Este proceso sirve para comprobar que ambos contáis con la capacidad legal y la libertad necesarias para casaros.

  • La declaración jurada: Documento oficial facilitado por el propio Registro Civil para ratificar vuestro estado civil y voluntad de enlace.
  • Fotocopia del DNI de ambos: Documento Nacional de Identidad o pasaporte en vigor de los novios.
  • Certificado literal de nacimiento: Solicitado directamente en el Registro Civil de la localidad donde fuisteis inscritos al nacer.
  • Certificado de empadronamiento: Expedido por el Ayuntamiento para acreditar vuestra residencia oficial en los últimos dos años.
  • Documentación de 2 testigos: Fotocopia del DNI en vigor de los 2 testigos mayores de edad que os acompañarán el día de la ratificación.

Pasos a seguir una vez lo tengáis todo listo

Una vez que hayáis reunido toda la documentación necesaria, el procedimiento paso a paso es muy sencillo:

  • 1. Cita previa online: Pedís cita previa online en el Registro Civil de vuestro municipio para la entrega oficial de la documentación.
  • 2. Presentación con vuestros testigos: El día de la cita entregáis la documentación acompañados de vuestros 2 testigos para ratificar formalmente la solicitud.
  • 3. Aprobación y elección de fecha: Allí verificarán todo y, cuando aprueben el expediente, ¡ya podréis elegir fecha para casaros en el Ayuntamiento o ante Notario!

Consejo de hermana

Os aconsejamos solicitar la cita inicial con unos 6 u 8 meses de antelación, ya que los plazos de entrega y resolución en el Registro Civil pueden variar en función de la localidad. Si optáis por casaros ante Notario, la tramitación suele agilizarse de forma notable.

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